Tipos de Libreta Militar
Existen dos clases de libreta militar, de primera y de segunda clase. La
libreta militar de primera clase la obtienen quienes permanezcan en servicio
nueve o más meses, contrario a la libreta militar de segunda clase que es
entregada a los ciudadanos exentos del servicio militar por causas que
establece la ley.
Tramitar Libreta Militar de primera clase:
Luego de haber presentado los anteriores documentos, se presenta un
examen médico, es posible que se haga este examen dos veces para quienes
reclamen alguna inhabilidad no encontrada en el primer examen.
En caso de ser apto seguir el proceso para prestar el servicio militar.
* En caso de no serlo se entregará una liquidación que deberá ser pagada
Prestar el servicio militar por nueve o más meses ya sea en el ejército,
armada, policía o INPEC.
Tramitar Libreta Militar de segunda clase:
Siga cada uno de los pasos que se han detallado párrafos arriba sobre el
proceso de inscripción en el sitio web desarrollado por el Ejército Nacional de
Colombia para tramitar la libreta militar.
Prepare los documentos necesarios para formalizar su inscripción, los
cuales son:
*Registro civil de nacimiento: Una copia y el original escaneado.
*Cédula de ciudadanía: Una copia y el original escaneado al 150%. Si es
un menor de edad, se usará la tarjeta de identidad.
*Dos fotografías de tamaño 2.5 x 4.5, de frente y con el fondo azul.
*Tener en cuenta en este punto dos situaciones:
Si la persona que va a definir su situación militar es menor de 25 años,
se debe anexar:
*Una fotocopia de su cédula de ciudadanía y el original escaneado, de
los padres de esa persona que busca definir su situación.
Si la persona es bachiller habrá que anexar:
*Una fotocopia del diploma de grado y el original escaneado.
*Una fotocopia del acta de grado y su original escaneado.
Recuerde anexar cada uno de los documentos mencionados hasta el momento
que corresponden con su caso particular, en formato pdf al sitio web
establecido para el trámite de la libreta militar.
Espere por su primera citación al examen. En este punto la entidad va a
encargarse de verificar que la persona que solicita el procedimiento cumpla con
los requisitos. Verifique su correo electrónico para conocer la fecha, hora y
lugar de presentación.
Asista a la citación planteada en el distrito militar correspondiente.
No se olvide de llevar toda la documentación que forma parte de los requisitos
para los trámites.
Si corresponde con su caso, lleve con usted los documentos de historia
clínica y/o exenciones. Con esta información será posible clasificarlo y tomar
decisiones sobre su incorporación o no.
En caso que la persona no esté de acuerdo con lo determinando en su
primer examen, es posible que solicite un segundo para validar el primero.
Aplicarán las mismas condiciones anteriores, así que espere por un
lugar, fecha y hora para asistir al distrito militar.
Si usted aplica para alguna exención para prestar el servicio militar,
le sugerimos que visite el anterior enlace. No se olvide de portar consigo los
documentos respectivos.
Tenga en cuenta que la ley ampara los
siguientes casos:
*Personas amparadas por la ley de víctimas.
*Para quienes sean cabeza de familia.
*Si es huérfano de padre o madre y con su trabajo atiende la
subsistencia de sus hermanos menores de edad.
*Si la persona ya se ha casado.
*En caso que se tenga un hermano muerto o que adquirió una discapacidad
absoluta y permanente al estar en combate al prestar servicio.
*Si es hijo de un oficial, suboficial, agente y civiles que
pertenecieron a la fuerza pública pero que fallecieron o adquirieron una
discapacidad absoluta y permanente al estar en servicio.
*Si es hijo único.
*Cuando los padres están incapacitados o son mayores de 60 años.
*Si se comprueba la calidad o condición de indígena.
*Para los clérigos o religiosos de acuerdo con los convenios vigentes.
*Si la persona fue condenada a penas en las que perdieron sus derechos
políticos.
*Si en el tercer examen médico se anotó que no es apto.
*Para personas con discapacidad relativa y permanente.
*Los trabajadores independientes.
*Si la persona que va a definir su situación declara renta.
*Cuando la persona ya está vinculada laboralmente con una empresa o una
entidad.
*Si la persona dentro de su núcleo familia o la persona de la que
depende económicamente y es menor de 5 años, tiene una hipoteca.
*Cuando los padres de esa persona, que debe ser menor de 25 años, son
separados.
Anexar la documentación que se solicita para la liquidación de la
libreta militar.
Esperar por la citación a través de la cual se ejecuta la liquidación
del pago correspondiente.
Reclamar el recibo de pago por la liquidación.
Finalmente pagar por los derechos de este trámite.
La cuota de compensación militar.
La expedición de la tarjeta de reservista que en este caso es de segunda
clase. Su valor aproximado es de 103,418.25 Pesos, pero puede variar de acuerdo
con las modificaciones del SMMLV.
El pago se hace en el Banco de Occidente.
Muchísima paciencia. Si es afortunado y paciente tendrá su libreta
militar de segunda clase.
- Leer artículo completo: http://www.colconectada.com/libreta-militar-colombia/
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